Vamos a comenzar con el Título I “Las enseñanzas y su ordenación” de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su modificación del 6 de diciembre de 2018. En esta entrada comenzaremos el Capítulo I correspondiente a la etapa de Educación Infantil con el artículo 12. Principios generales.
Artículo 12. Principios generales [LOE] [Oposiciones Maestros]
En la página 21 del BOE núm. 106, encontramos en el Capítulo I, correspondiente al Título I, en donde hace referencia a las enseñanzas y su ordenación, el Artículo 12. Principios generales, correspondiente a la etapa de Educación Infantil que dice:
1. La educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
2. La educación infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
3. Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos.
Observamos en este artículo tres principios a destacar:
- La etapa infantil atiende a niños desde su nacimiento hasta los seis años.
- Carácter voluntario y su finalidad es contribuir al desarrollo de los niños.
- Los centros cooperan con los padres.
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