En el Título I “Las
Enseñanzas y su Ordenación” de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), en su modificación del 6 de diciembre de 2018, en su
Capítulo III, correspondiente a la etapa de Educación secundaria obligatoria,
encontramos el artículo 30: Propuesta de acceso a Formación Profesional Básica.
Vamos a verlo.
Artículo 30. Propuesta de acceso a Formación Básica [LOE] [Oposiciones
Maestros]
En la página 33 del BOE núm.
106, encontramos en Capítulo III, sobre
educación secundaria obligatoria, correspondiente al Título I, en donde hace
referencia a las enseñanzas y su ordenación, el Artículo 30. Propuesta de acceso a
Formación Profesional Básica, que podemos resumir su único punto en
lo siguiente:
El equipo docente podrá proponer a los padres,
madres o tutores legales, en su caso a través del consejo orientador, la incorporación
del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica
cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje, siempre que
cumpla los requisitos establecidos en el artículo 41.1 de esta Ley Orgánica.
Puedes volver a la sección sobre la Ley Orgánica 2/2006 de Educación en el siguiente enlace:
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