19 jul 2021

La promoción, organización y participación en las actividades complementarias [Prácticum]

En la entrada sobre las funciones del profesorado normativas, hablamos de aquellas que aparecen reflejadas en la página 60 del BOE, núm. 106, en el artículo 91. Entre esas funciones del profesorado mencionadas, encontramos que una de ellas, concretamente la f), menciona como función La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros, pero ¿qué significa realmente esta función? Vamos a verlo en la siguiente entrada de nuestra sección sobre el Prácticum.


¿Qué quiere decir la promoción, organización y participación en las actividades complementarias? [Prácticum]

Entre las funciones del profesorado encontramos la promoción, organización y participación en las actividades complementarias, es decir, aquellas que utilicen espacios o recursos diferentes al resto de actividades ordinarias de la materia, aunque precisen tiempo adicional del horario no lectivo para su realización.

Esta función está muy relacionada con la tutoría y el profesor debe tener en cuenta sobe las actividades complementarias las siguientes consideraciones:
  • Las actividades complementarias deben aparecer reflejadas en la Programación Didáctica.
  • La función docente no solo es impartir clases y debe participar en estas actividades de forma obligatoria. 
  • Las actividades complementarias aportan una mayor riqueza al currículo.
  • El profesor debe organizar estas actividades en el marco de su materia.
Recuerda que además de estas funciones, encontramos otras como son aquellas que aparecen reflejadas en el artículo 91 de la LOE.

Imagen. El profesorado debe participar en las actividades complementarias. 


Puedes volver a la sección sobre el Currículo en el siguiente enlace:

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