Cuando se habló de las funciones del
profesorado normativas, se comentaron aquellas que aparecen
reflejadas en la página 60 del BOE, núm. 106, en el artículo 91. Entre esas
funciones del profesorado mencionadas, encontramos que una de ellas, concretamente
la i), menciona como función La
coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les
sean encomendadas, pero ¿qué significa realmente esta función? Vamos a
verlo en la siguiente entrada de nuestra sección sobre el Prácticum.
La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de
dirección [Prácticum]
Entre las funciones del profesorado
encontramos la coordinación de las actividades docentes, de gestión y de
dirección que les sean encomendadas.
Esta función está muy relacionada con la
tutoría y sobre la coordinación de las actividades docentes
debemos tener en cuenta lo siguiente:
- Responsabilidad de todo docente.
- Desde cualquier cargo de responsabilidad: docencia, tutor, coordinador, Jefe de Departamento, Jefe de Estudios, Director…
- Trabajo en equipo.
Sobre la gestión y dirección, debemos considerar que
todo docente puede recibir encomiendas y no puede rechazarlas.
Imagen. Es responsabilidad de todo docente la coordinación de sus actividades con otros.
Puedes volver a la sección sobre el Currículo en el siguiente enlace:
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