En el Título I “Las
Enseñanzas y su Ordenación” de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), en su modificación del 6 de diciembre de 2018, en su
Capítulo IV, correspondiente a la etapa de Bachillerato, encontramos el
artículo 35: Principios Pedagógicos. Vamos a verlo.
Artículo 35. Principios Pedagógicos [LOE] [Oposiciones Maestros]
En la página 38 del BOE núm.
106, encontramos en su Capítulo IV, sobre
Bachillerato, correspondiente al Título I, en donde hace referencia a las
enseñanzas y su ordenación, el Artículo 35. Principios Pedagógicos, que dice
en sus tres puntos lo siguiente:
1. Las actividades educativas en Bachillerato
favorecerán la capacidad del alumno para aprender por sí mismo, para trabajar
en equipo y para aplicar métodos de investigación apropiados.
2. Las Administraciones educativas
promoverán medidas necesarias para que en distintas materias se desarrollen
actividades que estimulen el interés y hábito de la lectura y la capacidad de
expresarse correctamente en público.
3. En la organización de
estudios de Bachillerato se prestará especial atención al alumnado
con necesidad específica de apoyo educativo.
En resumen: Encontramos 3 puntos para
la etapa de Bachillerato sobre los Principios Pedagógicos que podemos resumir
del siguiente modo:
- Las actividades educativas favorecerán en el alumno aprender por sí mismo, trabajar en equipo y aplicar métodos de investigación adecuados.
- Las Administraciones educativas promoverán actividades que estimulen el interés y hábito de la lectura y capacidad de expresarse correctamente.
- En la organización de estudios de Bachillerato se prestará atención al acneae.
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