En la siguiente entrada
sobre los antecedentes de la Educación Especial volvemos con la nuestra asignatura centrada en las Necesidades Educativas Especiales. A
continuación vamos a abordar el concepto de alumnos con necesidades específicas
de apoyo educativo.
Concepto de
alumnos ACNEAE y ACNEE [Necesidades educativas especiales]
El
artículo 14 de la LOMCE se centra en el alumnado con necesidades específicas de
apoyo educativo (ACNEAE). Este considera a este alumnado como aquel
que requiera una atención educativa
diferente a la ordinaria, por presentar:
- Necesidades educativas especiales.
- Dificultades específicas de aprendizaje.
- Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).
- Altas capacidades intelectuales.
- Haberse incorporado tarde al sistema educativo.
- Condiciones personales o de historia escolar.
Este alumnado presentará esta atención para que
puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y,
en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el
alumnado.
Para que el alumnado con necesidad específica de
apoyo educativo (ACNEAE) al que se refiere el
artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006
pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y los
objetivos y competencias de la etapa, se establecerán las medidas curriculares
y organizativas oportunas que aseguren su adecuado progreso.
Por otro lado, encontramos
en el artículo 73 el concepto de alumno con necesidades educativas especiales (ACNEE)
refiriéndose a todo alumno que requiere, por un periodo de su escolarización o
a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas
específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.”
Imagen. El alumnado ACNEAE incluye al alumnado ACNEE.
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