Volvemos con los antecedentes de la Educación Especial y
nuestra asignatura centrada en las Necesidades
Educativas Especiales. A continuación vamos a abordar la definición de
diversidad.
Definición de
diversidad [Necesidades educativas especiales]
El Decreto 359/2009, de 30 de Octubre, por el
cual se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad en el
alumnado de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se define la
diversidad.
Podemos definir la diversidad como conjunto de acciones
educativas que, en un sentido amplio, intenta prevenir y dar respuesta a las
necesidades educativas, temporales o permanentes, de todo el alumnado del centro
y entre ellos aquellos que requieren de
una actuación especifica derivada de factores personales o sociales
relacionados con:
- Situaciones de desventaja sociocultural.
- De altas capacidades.
- De compensación lingüística.
- De comunicación y de lenguaje.
- De discapacidad.
- Trastornos graves de la personalidad, conducta o desarrollo.
- De graves trastornos de la comunicación y del lenguaje.
- De desajuste curricular significativo.
Entre las medidas para dar respuesta a la atención a la
diversidad nos encontramos medidas ordinarias y extraordinarias.
Imagen. El maestro debe estar atento a la diversidad del alumnado para evitar posibles causas de discriminación.
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