15 jul 2022

Medidas para dar respuesta a la diversidad: medidas ordinarias y extraordinarias [Necesidades educativas especiales]

A continuación volvemos con los antecedentes de la Educación Especial y nuestra asignatura centrada en las Necesidades Educativas Especiales. Seguimos ampliando los contenidos sobre la atención a la diversidad con los tipos de medidas para dar respuesta a la misma.


Medidas para dar respuesta a la diversidad: medidas ordinarias y extraordinarias [Necesidades educativas especiales]

Anteriormente definimos la diversidad como conjunto de acciones educativas que, en un sentido amplio, intenta prevenir y dar respuesta a las necesidades educativas, temporales o permanentes, de todo el alumnado del centro y entre ellos aquellos  que requieren de una actuación específica derivada de factores personales o sociales.

Para que la atención a la diversidad ocurra, lo que precisa el alumnado con necesidades educativas especiales, como todos los demás, es una intervención coordinada y equilibrada del equipo docente, que debe reflejarse en los Proyectos educativos y en las programaciones didácticas que en el centro se desarrollen.

En concreto encontramos dos tipos de medidas de atención a la diversidad:

Medidas ordinarias: son medidas tomadas en el ámbito educativo que afectan a toda o la mayoría del alumnado del centro. Son de carácter preventivo y afectan a todo el alumnado. Están incorporadas en la organización y programación ordinaria del centro. Dan cabida a las diferencias individuales.

Como tipos de medidas ordinarias encontramos:
  • A nivel de Centro, el Proyecto Educativo de Centro (recogen valores, objetivos y prioridades de actuación de los centros, la concreción de los currículos y tratamiento trasversal de valores).
  • A nivel de aula, las Programaciones didácticas (refleja la toma de decisiones sobre objetivos, contenidos, criterios de evaluación, metodología, materiales curriculares, espacios y tiempos, procedimientos de evaluación, medidas de refuerzo y atención a los alumnos con necesidades educativas especiales).
Medidas extraordinarias: son medidas adoptadas cuando las medidas ordinarias no son suficientes para dar respuesta a las necesidades educativas de algunos alumnos, y se precisan unas medidas de carácter personalizado que den respuesta a cada uno de los casos en particular.

Estas medidas son aplicadas sobre un alumnado concreto e implica cambios a nivel de currículo. Necesita en muchos casos recursos personales y de espacios específicos. Son aplicadas tras un proceso previo de evaluación y tras haber agotado otras posibilidades de atención (medidas ordinarias). Proporcionan una enseñanza muy individualizada, atendiendo a las capacidades, intereses y motivaciones del alumno

Como tipos de medidas extraordinarias destacamos:
  • Adaptaciones curriculares, entre otras.
  • Las medidas adoptadas en cada Centro Educativo para atender a la diversidad deben ser recogidas en el Plan de Atención a la Diversidad (PAD).
Imagen. Para atender a la diversidad los Centros educativos tienen una serie de medidas.


Puedes volver a la página de Conceptos generales sobre nuestra sección dedicada a las Necesidades Educativas Especiales en el siguiente enlace:

0 comentarios:

Publicar un comentario