Aprovechando
que se acerca la Oposición al cuerpo de profesores traemos el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, concretamente abordaremos los dos primeros
artículos correspondientes a su objeto y definiciones.
Artículos 1 y 2. Objeto y definiciones [Real Decreto 217/2022]
[OPOSICIONES SECUNDARIA]
En la página 41.574 del BOE núm. 76,
encontramos el Artículo
1. Objeto, que dice lo siguiente:
El presente real decreto tiene por objeto establecer la
ordenación y las enseñanzas mínimas de la etapa de Educación Secundaria
Obligatoria.
En la misma página se encuentra el Artículo 2. Definiciones,
el cual define una serie de elementos que son fundamentales y se deben conocer
y comprender por el profesorado. Se destacan los siguientes:
a) Objetivos: logros que se espera que el
alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada
a la adquisición de las competencias clave.
b) Competencias clave:
desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda
progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los
principales retos y desafíos globales y locales. Las competencias clave
aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la
enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las
competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión
Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el
aprendizaje permanente.
c) Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en
actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de
cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de
conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra,
los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación.
d) Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño
esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren
las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado
de su proceso de aprendizaje.
e) Saberes básicos:
conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de
una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las
competencias específicas.
f) Situaciones de aprendizaje:
situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de
actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que
contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas.
Puedes volver a la sección sobre el Real Decreto 217/2022 en el siguiente enlace:
0 comentarios:
Publicar un comentario